jueves, abril 25, 2024

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Este jueves entra en vigencia amnistía tributaria municipal

Con la aprobación de la exoneración de recargos o intereses a personas naturales y jaricas, la Alcaldía sampedrana  estima una recaudación adicional de unos 50 millones de lempiras.

San Pedro Sula.- Con la publicación en el diario oficial La Gaceta del decreto de Amnistía Tributaria aprobada por el Congreso Nacional, la Municipalidad de San Pedro Sula, realiza los ajustes pertinentes al sistema para que a partir de mañana jueves los sampedranos puedan pasar por sus recibos y poner al día sus intereses y multas del año 2015 hacia atrás.

Claudio Rojas, gerente de Finanzas, informó que los contribuyentes tendrán hasta el 29 de diciembre de 2016 para honrar sus tributos. “La amnistía le permite al vecino pagar sin recargo todos sus impuestos de 2015 hacia atrás. La Amnistía no incluye 2016”, aclaró el funcionario, al tiempo que agregó que la recaudación proyectada adicional seria de aproximadamente 50 millones de lempiras.

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“El alcalde Armando Calidonio tiene un compromiso con la ciudad y es de que todo lo que captamos, en su mayor parte, será para ejecutar obras de infraestructura de calidad y de necesidad para la población, y para inversión social, la cual incluye educación y salud”, apuntó el gerente.

La Amnistía abarca el pago de intereses, multas o recargos por la mora acumulada hasta el 31 de diciembre de 2015, tales como impuestos sobre bienes inmuebles, servicios públicos, impuesto personal, industria y comercio, tasas y sobretasas. “Hablamos de todos los impuestos que no se hayan cancelado”, reiteró Rojas.

Aseguró que la Municipalidad está llevando a cabo todas las coordinaciones y ajustes para que desde mañana jueves los sampedranos puedan presentarse a las oficinas de mall Galerías del Valle y retirar sus recibos.

El Congreso Nacional aprobó con dispensa de dos debates un decreto introducido a la Cámara Legislativa por el diputado nacionalista Antonio Rivera Callejas, orientado a conceder amnistía tributaria municipal hasta el 29 de diciembre de 2016 para el pago de intereses, multas o recargos causados por la mora de la vía administrativa y judicial acumulada al 31 de diciembre de 2015 en el pago de todos los impuestos municipales, tasas y sobretasas y cualquier otro cargo ocasionado por mora.

En ese sentido, las personas naturales o jurídicas pueden enterar el pago de los impuestos libres de cargos, intereses por mora y multas en el período de vigencia del presente decreto, los conceptos que adeudan a las municipalidades a nivel nacional para el pago de mora por impuestos municipales, tasas y sobretasas acumuladas a diciembre de 2015.

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