martes, abril 23, 2024

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MACCIH deberá acoplarse a leyes hondureñas

En las últimas horas ha trascendido que el principal tropiezo que ha encontrado el convenio de la Misión de Apoyo y Combate a la Corrupción e Impunidad (MACCIH), será la activación de la extradición por corrupción, ya que no se encuentra establecido en la Constitución.

Sin embargo, expertos de la Organización de Estados Americanos (OEA), consultados por el Diario LA TRIBUNA, indicaron que son las autoridades hondureñas las que deben decidir cómo debe adecuarse las leyes para cumplir ese artículo del convenio que habla de la extradición.

 El numeral 3.1.3 del Convenio de la MACCIH que fue enviado al Congreso Nacional  indica que busca “fortalecer los mecanismos de extradición activa y pasiva de personajes requeridos por delitos de corrupción”. Es a ese respecto que existe oposición de parte de los diputados para que no se apruebe la Misión que se espera dure cuatro años en Honduras.

La fuente consultada indicó que ante esa negativa, son las propias autoridades hondureñas quienes deben decidir y que en todo caso no necesitan hacerse reformas a la Constitución de la República como se ha exteriorizado en las últimas horas por algunos parlamentarios.

El consultado de la OEA explicó que “no se puede ver la corrupción desligada de los demás delitos como crimen organizado, que es el delito que sí permite la extradición en su país”.

Ahondó en que fácilmente la extradición por corrupción puede darse y ejemplificó el caso del expresidente hondureño, Rafael Leonardo Callejas, quien fue pedido por Estados Unidos por dos cargos como crimen electrónico y conspiración por crimen organizado.

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