martes, abril 23, 2024

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Ratificadas reformas a artículos constitucionales electorales

Tegucigalpa.- El Congreso Nacional ratificó el paquete de reformas a artículos constitucionales electorales más importantes de los últimos años, entre ellas, la creación del Tribunal de Justicia Electoral, el Consejo Nacional Electoral y la creación de un nuevo Registro Nacional de las Personas (RNP).

La ratificación fue apoyada por 112 votos de los diputados de las diferentes bancadas del Congreso.

En ese sentido, el presidente del Poder Legislativo, Mauricio Oliva, catalogó esta aprobación como histórica para el país, ya que estos dos organismos vendrán a dar más confianza y transparencia a la población hondureña en temas de democracia y procesos electorales.

Las reformas que hemos realizado son una muestra del compromiso que este Congreso Nacional tiene con la democracia y el pueblo hondureño – agregó- Ahora vienen profundas reformas que tenemos que realizar para fortalecer los procesos electorales.

“El Tribunal de Justicia Electoral y el Consejo Nacional Electoral, resumen la totalidad de las funciones hasta ahora ejecutadas por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), además de algunas suplementarias”, explicó el también diputado del Partido Nacional por Choluteca.

Las reformas aprobadas por el pleno del Legislativo:

-El Registro Nacional de las Personas (RNP) será el encargado de la depuración de los ciudadanos que hayan obtenido dicho Documento de Identificación, así como de las defunciones ocurridas e inscritas en sus registros, para la elaboración del Censo Nacional Electoral.

-El RNP será administrado por una Comisión Permanente, que estará integrada por tres Comisionados propietarios y dos suplentes, y ejercerán sus cargos por un periodo de cinco (5) años, pudiendo ser reelectos.

-Se crea el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal de Justicia Electoral, sustituyendo al Tribunal Supremo Electoral (TSE)

– Los actos y procedimientos administrativos, técnicos y de logística corresponderán al Consejo Nacional Electoral.

-Los actos y procedimientos jurisdiccionales en materia electoral corresponderán de manera exclusiva al Tribunal de Justicia Electoral con jurisdicción y competencia fijada por la Ley.

– El Consejo Nacional Electoral está integrado por tres (3) consejeros propietarios y un (1) consejero suplente, electos por un período de cinco (5) años, pudiendo ser reelegidos.

– El Tribunal Justicia Electoral está integrado por tres (3) magistrados propietarios y dos (2) suplentes, serán electos por un período de cinco (5) años, pudiendo ser reelectos.

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