domingo, abril 28, 2024

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CN aprueba fideicomiso para garantizar disponibilidad de medicamentos en hospitales

Tegucigalpa.- El Congreso Nacional aprobó de manera unánime, y con la dispensa de dos debates, el proyecto que garantizará la presencia de medicamentos en los hospitales de Honduras.

La iniciativa de ley presentada por la diputada Johanna Bermúdez se llama “Almacenamiento, Distribución y Dispensación de Medicamentos e Insumos para preservar la salud en Honduras”.

En ese sentido, la diputada explica que “El pueblo hondureño conoce que aprobamos el presupuesto general de la República el día de ayer, la educación y la salud fueron nuestras principales prioridades, es por eso que notaron que en el presupuesto de 2019 hay un incremento importante en el presupuesto de ambas secretarías”.

He presentado –agregó-, un proyecto para aumentar el monto de un fideicomiso que permita garantizar en los hospitales medicamentos e insumos y además talento humano calificado para este año 2019.

“Sin duda alguna eso mejorará la calidad de atención en los diferentes centros asistenciales de este país”, sentenció Bermúdez. “Esto garantizará que el pueblo hondureño tenga medicamentos, insumos y que reciba la atención de un talento humano especializado”.

El pueblo hondureño debe tener la seguridad que mejoraremos la calidad de la salud, mejorar la infraestructura y modernizaremos los centros hospitalarios de este país – sentenció Bermúdez.

Las medidas que se van a tomar garantizarán que los medicamentos e insumos se mantengan disponibles para los pacientes de los centros hospitalarios públicos.

“Se implementará una plataforma electrónica que va a permitir tener un mayor control sobre el paciente, desde que entra al hospital, hasta la dispensa de sus medicamentos”, explicó.

La plataforma tendrá control –continuó diciendo– sobre los medicamentos que entran a los almacenes, a qué centros hospitalarios se asignan y como se van entregando respectivamente.

Articulado:

Artículo 1.- A fin de garantizar la disponibilidad de medicamentos, se ordena a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud a identificar recursos dentro de su presupuesto para el año 2019 y en tanto dure el contrato, los recursos para financiar el Fideicomiso para el “ALMACENAMIENTO, DISTRIBUCIÓN Y DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS E INSUMOS PARA PRESERVAR LA SALUD EN HONDURAS”. Esa partida puede equivaler hasta el veintiuno (21%) por ciento del monto total de la asignación presupuestaria anual, para la adquisición de medicamentos, material quirúrgico, insecticidas e insumos de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud.

Para lo cual se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que realice los traslados entre grupos de gastos de esa Secretaría de Estado, necesarios para contar con dicha asignación.

Artículo 2.- El Estado de Honduras garantiza que el presupuesto para la adquisición de medicamentos, material quirúrgico, insecticidas e insumos de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud crecerá anualmente hasta el equivalente del Índice de Precios al Consumidor (IPC), promedio registrado en el periodo anterior, y será de aplicación a partir del Ejercicio Fiscal 2020.

Artículo 3. El fideicomiso para la compra de medicamentos del Estado y el fideicomiso de Ejecución de Obras, Infraestructura y Servicios Públicos deberán coordinar la ejecución de sus tareas de manera que complementen sus esfuerzos durante todo el plazo de duración del proyecto de “Almacenamiento, distribución y dispensación de medicamentos e insumos para preservar la salud en Honduras”.

Artículo 4. Autorizar el uso y administración de los bienes inmuebles requeridos por operador para el funcionamiento de fideicomiso denominado “ALMACENAMIENTO. DISTRIBUCION y DISPENSACION DE MEDICAMENTOS E INSUMOS PARA PRESERVAR LA SALUD EN HONDURAS” al fideicomiso de Ejecución de Obras, Infraestructura y Servicios Públicos. A tales efectos, la Secretaria de Salud por medio de la Gerencia Administrativa o Unidad Ejecutora correspondiente deberá hacer las anotaciones marginales en el módulo de bienes inmuebles del Sistema Nacional de Bienes del Estado en el SIAFI, de los bienes inmuebles cedidos a los propósitos del fideicomiso.

Artículo 5.- Dentro de los noventa días siguientes a la entrada en vigencia del presente Decreto, el Ministerio Público y los tribunales y juzgados de la República deberán proceder a evacuar las pruebas pendientes sobre bienes en custodia en los almacenes de medicamentos y farmacias de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud que sean traspasados en cumplimiento de la disposición anterior. Esto con el propósito de permitir la remodelación de esos espacios físicos.

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