viernes, abril 26, 2024

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CN aprueba varias leyes de protección a los derechos humanos previo a evaluación internacional

Tegucigalpa.– El Congreso Nacional aprobó en la sesión de este miércoles varias disposiciones orientadas a la protección de los derechos humanos en Honduras, a fin de cumplir con exigencias de organismos internacionales cuyos representantes llegan la próxima semana a esta nación centroamericana para hacer una evaluación en el país y que incluyen reformas al Código Procesal Penal, la instalación en esta capital de una oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y una iniciativa orientada a crear una ley de reparación para las víctimas de violaciones a los derechos humanos.

En ese sentido, se aprobó con dispensa de dos debates y por unanimidad, una iniciativa enviada por el Poder Ejecutivo y dictaminada por la comisión ordinaria de justicia y derechos humanos, orientada a aprobar el acuerdo suscrito entre el Alto Comisionado de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y el gobierno de Honduras, suscrito en Ginebra, Suiza, el 15 de mayo de 2015, para el establecimiento de una oficina de ese organismo en el país.

Reforma a medidas sustitutivas

También se conoció la opinión favorable de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en relación a un proyecto de decreto para reformar el artículo 184, párrafo cuatro del Código Procesal Penal, relacionado a la prisión preventiva.

Enseguida, el secretario del Congreso Nacional, Mario Alonso Pérez, presentó el proyecto de decreto introducido a la Cámara Legislativa por el diputado nacionalista por Valle, José Tomás Zambrano, orientado a reformar el cuatro párrafo, eliminar el sexto párrafo y modificar el séptimo párrafo del artículo 184 del Código Procesal Penal.

El decreto fue aprobado con dispensa de dos debates y ahora establece que las medidas sustitutivas de la prisión preventiva no podrán imponerse si existe grave riesgo de que no se logre la finalidad perseguida.

Agrega que además de la no concurrencia de los presupuestos establecidos en el artículo 178 del presente código, antes de dictar una medida distinta a la prisión preventiva, la defensa debe acreditar de forma suficiente ante el órgano jurisdiccional que la persona imputada estará presente en todo el proceso.

El diputado Mario Pérez explicó que la reforma es para evitar la prisión preventiva en dos procesos activos, es decir el prejuzgamiento que se ha vuelto una pena anticipada que se impone a los encausados que gozan de presunción de inocencia quienes todavía no han sido vencidos en juicio.

Añadió que aún con la reforma, se mantiene siempre el catálogo de 21 delitos graves en los cuales se va a presumir que hay peligro de obstrucción o peligro de fuga, dejando abierta la posibilidad de que los acusados a través de sus apoderados puedan desvanecer esas dos situaciones y que a los imputados se les pueda otorgar por parte del juez una medida alterna que asegure, la presencia del imputado en todo el proceso y que los medios de prueba se obtengan de una manera regular, es decir que el imputado no vaya a amenazar a testigos, a denunciantes, que no entorpezca la investigación por parte del Estado.

En ese sentido, si se logra probar que no existen esas dos causales, las personas podrían ser beneficiadas por parte del juez mediante una medida alterna que asegure su presencia durante todo el proceso.

Otros decretos

En la sesión del miércoles se aprobó en tercer y último debate el contrato 069-2014, suscrito entre la ENEE y la empresa Hidroenergía S.A de C.V para el suministro de potencia y energía eléctrica asociada para la instalación de la planta Laguneta Fase II, localizada en el municipio de Victoria, departamento de Yoro.

En segundo debate, pasó la iniciativa presentada a la Cámara Legislativa por el diputado nacionalista por El Paraíso, José Celín Discua Elvir, orientada a reformar el artículo 11 y el inciso 6 del artículo 28 del decreto 404-2013 que contiene la Ley General de la Industria Eléctrica que tiene que ver con la generación de energía con fuentes renovables.

También se aprobó en primer debate, del artículo tres al artículo 37 del proyecto de Ley de Inspección Laboral que tiene por objeto regular el sistema integrado de la inspección de trabajo y de seguridad social, promover, vigilar y garantizar que patronos y trabajadores cumplan y respeten todas las disposiciones legales relativas al trabajo, previsión social, normas laborales, seguridad y salud en el trabajo y las relativas a la seguridad social y deducir las responsabilidades correspondientes en el caso de infracción o incumplimiento en la obligación de las leyes relacionadas con las citadas materias en los centros de trabajo.

Su aplicación corresponde a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, como autoridad administrativa en el ámbito de su competencia a través de la Dirección General de Inspección de Trabajo (DGIT) que se crea mediante el decreto.

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